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¿Qué cobertura me ofrece mi póliza de Salud frente a la enfermedad COVID-19?


Tanto los titulares de una póliza privada de Salud de ASISA, como los funcionarios que hayan elegido ASISA para su protección sanitaria a través de su Mutualidad, tienen garantizada en este momento la atención de la enfermedad COVID-19, causada por el nuevo coronavirus. Esta atención se prestará siempre de acuerdo con el protocolo y las instrucciones fijadas por el Ministerio de Sanidad y las Consejerías autonómicas y no supondrá un coste adicional para nuestros clientes.


¿Cuáles son los síntomas asociados a la enfermedad COVID-19?


A pesar de que la sintomatología puede llegar a ser muy diversa, una gran parte de las personas infectadas que desarrollan síntomas tiene fiebre, tos seca, dolor de garganta, sensación de falta de aire o cansancio, entre otros síntomas.

En la actualidad, la enfermedad cursa en la mayoría de los casos de forma leve-moderada o asintomática. Los casos más graves afectan generalmente a personas de edad avanzada o que padecen alguna enfermedad crónica, como enfermedades del corazón, del pulmón o problemas de inmunidad.


¿Qué debo hacer si tengo síntomas compatibles con los de la enfermedad COVID-19?



Indicaciones para la realización de Pruebas Diagnósticas de Infección Activa (PDIA) para la detección del COVID-19


Actualmente hay dos tipos de pruebas:

  • Las pruebas rápidas basadas en la detección de antígenos
  • Y las pruebas basadas en la detección de ARN viral mediante una RT-PCR o una técnica molecular equivalente.

Todas las pruebas diagnósticas relacionadas con el seguimiento epidemiológico de la población deben realizarse por los servicios públicos de Salud responsables de este seguimiento y control, salvo en el caso de asegurados que no dispongan de cobertura por la Sanidad Pública.

En la situación epidemiológica actual, el Ministerio de Sanidad propone la realización de pruebas diagnósticas únicamente a personas que presenten síntomas compatibles con la enfermedad COVID-19 y que cumplan, al menos, uno de estos criterios:

  • Que se encuentren en entornos vulnerables
  • O que presenten factores de vulnerabilidad
  • O con síntomas compatibles con un caso grave de COVID-19
  • O que se tenga constancia de que hayan estado en los últimos 14 días en una región en la que esté circulando una variante de interés o de preocupación que no haya mostrado circulación comunitaria en nuestro territorio.

Para entender estas recomendaciones, se define como:

  • Entornos vulnerables: los centros sanitarios asistenciales, centros sociosanitarios y centros de día que prestan asistencia sociosanitaria, centros penitenciarios y otros centros con personas institucionalizadas.
  • Personas relacionadas con entornos vulnerables: las que residen o acuden, están ingresadas o trabajan en entornos vulnerables, así como trabajadores que prestan apoyo y cuidado a personas vulnerables.
  • Grupos vulnerables: las personas de 60 o más años, inmunodeprimidas por causa intrínseca o extrínseca y embarazadas.
  • Casos graves: aquéllos que requieran ingreso hospitalario por infección respiratoria aguda en vías bajas.

En la actualidad no está indicado realizar una PDIA a quien tenga un resultado positivo en un test de autodiagnóstico si no cumple alguno de los criterios de vulnerabilidad. Y también se ha eliminado la necesidad de hacer pruebas de cribado en pacientes asintomáticos previamente a un ingreso hospitalario o a la realización de actuaciones sanitarias.


Y si no tengo síntomas ¿puedo solicitar una prueba diagnóstica?


En estos momentos la prioridad de ASISA es apoyar a la Sanidad Pública y atender los casos con sintomatología. Nuestro compromiso es dedicar todo nuestro esfuerzo y nuestros recursos a frenar la propagación del coronavirus para tratar de revertir la situación y recuperar lo antes posible la normalidad. En este sentido, debe ser un médico quien, de acuerdo con los protocolos marcados por el Ministerio de Sanidad, indique la conveniencia de realizar la prueba diagnóstica.


¿Cómo debo autorizar la RT-PCR que me ha prescrito el médico para saber si he contraído la enfermedad COVID-19?


Envía un correo a: autorizaciones@asisa.es o al que te indique tu Delegación de ASISA. Debes adjuntar escaneado el Volante de Solicitud de Servicios, acompañado del informe médico debidamente cumplimentado que te ha entregado el facultativo y tu Tarjeta Sanitaria. Además, debes proporcionar el nombre del Centro donde vas a recibir la asistencia, así como un móvil de contacto.

Gestionaremos tu solicitud en el menor tiempo posible y te enviaremos un correo electrónico con tu número de autorización.


¿Mi póliza privada de Salud me ofrece cobertura frente al COVID-19 en mis viajes al extranjero?


Efectivamente, desde el inicio de la pandemia, ASISA viene prestando cobertura frente al COVID-19 a los titulares de una póliza privada de Salud en sus desplazamientos temporales al extranjero, como cualquier otra enfermedad grave.

Si necesitas un certificado que lo especifique, puedes enviar un correo electrónico a: atencion_cliente@europ-assistance.es, indicando el motivo de tu solicitud y facilitando los siguientes datos:

  • Nombre completo
  • Número de póliza o tarjeta sanitaria de ASISA
  • Documento de identidad o pasaporte
  • Tu destino y
  • Las fechas del viaje.

Recibirás por correo electrónico el certificado solicitado.



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