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¿Qué fórmulas de contratación existen para el colectivo?
Colectivos abiertos: Son aquellos en los que la empresa da la oportunidad de ofrecer el seguro médico a todos los trabajadores, con unas condiciones especiales, pero son los trabajadores los que deciden si quieren contratar el seguro o no.
Colectivos cerrados: La empresa contrata el seguro médico para todos sus trabajadores generando un único recibo pagado por la empresa. En este caso además, el pago del seguro puede ser financiado por la empresa o bien, descontado de la nómina del trabajador.
¿Cuántas personas tienen que darse de alta en el seguro para que se considere colectivo?
A la hora de contratar un colectivo es importante tener en cuenta una serie de variables como son el número de trabajadores, cuantos hombres y mujeres hay, a qué se dedica la empresa, en qué provincias está ubicada, etc.
¿Por qué contratar un seguro de salud colectivo?
Se trata de un instrumento de gestión y un arma muy útil para los departamentos de Recursos Humanos y de Administración de las empresas, y en ASISA somos conscientes de esto. Si el tomador de la póliza es la empresa supone una fuente de ventajas fiscales:
- No incrementa el importe de las aportaciones a cuenta de la Seguridad Social.
- Podrá deducir el 100% de la contratación de este servicio como un gasto social en la declaración del Impuesto de Sociedades.
- Contará con una herramienta de negociación salarial (ofrecer un seguro de salud supone un gasto menor que incrementar esa misma cantidad en el salario de un empleado).
Y también de ventajas sociales:
- Control del absentismo laboral: al no tener que esperar colas, las ausencias por visitas al médico serán menores. Las esperas en consulta y en pruebas de diagnóstico reduce la pérdida de horas de trabajo frente a otros sistemas más masificados.
- Mejora la imagen de la empresa de cara a la competencia y a los empleados: se refuerza el compromiso del empleado con la empresa y disminuye la rotación de personal. Estos seguros son considerados como una atención de la empresa en el plano humano, lo que incrementa el sentimiento de fidelidad a la compañía.
Por otro lado, el trabajador obtiene otra serie de ventajas: Los primeros 500 euros destinados al pago de seguros médicos no tienen que ser incluidos en la declaración de la renta, por lo cual, la retribución que recibe el empleado es mayor, ya que no está sujeta a retención. Fomenta la conciliación: contarán con una ventaja social que, más allá de su ámbito laboral, revierte en todos los aspectos de su vida, pudiendo incluir en la misma póliza a todos los miembros de su familia. Se trata de un tipo diferente de remuneración muy bien valorado
¿La cobertura dental está incluida en el producto?
En nuestro producto de Asistencia Sanitaria para colectivos, ofrecemos la cobertura dental básica en el que se incluyen primeras visitas, extracciones dentarias simples, radiografías periapicales, y una limpieza bucal anual dentro de Cuadro de ASISA. Pero además podemos incluir en nuestros proyectos la cobertura bucodental más completa a través de Asisa Dental.
¿Puede pagar parte el empleado y parte la empresa?
Sí. Puede darse el caso de la cofinanciación de la cuantía de la prima, de manera que una parte de la misma la sufrague el colectivo y otra, el propio trabajador.
¿El producto es el mismo que contratado de manera particular?
Elijas el plan que elijas, además de garantizar todas las coberturas asistenciales y médicas de Asisa Salud, nuestros clientes colectivos obtienen muchas otras ventajas, como son la obtención de una prima más económica, el acceso inmediato y directo a las prestaciones, etc.