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Ofertas en seguros de salud para funcionarios de ASISA

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Sin hospitalización, sin copago

ASISA Esencial Mutualistas desde 14,49€ persona/mes*

*Prima válida durante el primer año de contratación. Impuestos no incluidos.

Con hospitalización, sin copago

ASISA Completa Mutualistas desde 22,95€ persona/mes*

*Prima válida durante el primer año de contratación. Impuestos no incluidos.

Preguntas frecuentes sobre los Seguros Médicos ASISA para funcionarios

¿Quiénes son los beneficiarios del ISFAS?

PUEDEN SER BENEFICIARIOS DEL ISFAS:

  • El cónyuge o persona que conviva con el titular en análoga relación de afectividad desde, al menos, un año antes de la fecha de la solicitud de incorporación al ISFAS.
  • Los hijos, por naturaleza o adopción, del titular o de los beneficiarios señalados en el apartado anterior, así como los que se hallen respecto de los mismos en situación de guarda, acogimiento familiar, pre adoptivo o de hecho. • Otros descendientes, por naturaleza o adopción, así como los ascendientes tanto del titular como de su cónyuge y los cónyuges de tales ascendientes por ulteriores nupcias. 
  • Los hermanos del titular. LOS BENEFICIARIOS DEBEN REUNIR LOS SIGUIENTES REQUISITOS: 
  1. Convivir con el titular y a sus expensas. (No se apreciará falta de convivencia en los casos de separación transitoria y ocasional por razón del trabajo, imposibilidad de encontrar vivienda en el nuevo punto de destino y demás circunstancias similares). 
  2. No realizar trabajo remunerado ni percibir renta patrimonial ni pensión superior al doble del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). 
  3. No tener derecho por título distinto a recibir asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

¿Cuándo cambiarme a ASISA si soy de MUFACE?

Si eres funcionario de MUFACE y te quieres venir a ASISA, recuerda: el periodo de cambio ordinario es en el mes de enero, durante este mes podrás libremente cambiar de entidad.

¿Quiénes son los beneficiarios de MUGEJU?

PUEDEN SER BENEFICIARIOS DE MUGEJU:

  • El cónyuge o persona que conviva con el titular en análoga relación de afectividad desde, al menos, un año antes de la fecha de la solicitud de incorporación a MUGEJU. 
  • Los hijos, por naturaleza o adopción, del titular o de los beneficiarios señalados en el apartado anterior así como los que se hallen respecto de los mismos en situación de guarda, acogimiento familiar, pre adoptivo o de hecho. 
  • Otros descendientes, por naturaleza o adopción, así como los ascendientes tanto del titular como de su cónyuge y los cónyuges de tales ascendientes por ulteriores nupcias. 
  • Los hermanos del titular. LOS BENEFICIARIOS DEBEN REUNIR LOS SIGUIENTES REQUISITOS: 
  1. Convivir con el titular y a sus expensas. (No se apreciará falta de convivencia en los casos de separación transitoria y ocasional por razón del trabajo, imposibilidad de encontrar vivienda en el nuevo punto de destino y demás circunstancias similares). 
  2. No realizar trabajo remunerado ni percibir renta patrimonial ni pensión superior al doble del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). 
  3. No tener derecho por título distinto a recibir asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

¿Desde qué momento puedo hacer uso de mi póliza de ASISA?

Desde el momento en que la Mutualidad confirme tu adscripción a ASISA, sin que existan plazos de carencia para ningún tipo de asistencia.

Soy Funcionario. ¿Qué debo hacer para darme de alta en ASISA?

¡Enhorabuena! Lo primero que debes hacer es dirigirte a la oficina provincial de tu Mutualidad y tramitar tu alta como mutualista. Una vez dispongas del documento o cartilla de afiliación, en el que figuran tus datos personales y tu número de afiliación, podrás elegir ASISA para el cuidado de tu salud y la de tu familia.

¿Cuál es el procedimiento para cambiarme a ASISA?

Debes cumplimentar y firmar el Impreso de Solicitud, y presentarlo en la Oficina de tu Mutualidad más cercana, acompañado de tu Documento de Afiliación.

Para más informaciones:

15% de descuento exclusivo durante el primer año

 Si eres funcionario, puedes disfrutar de un 15 % de descuento durante el primer año de tu póliza de salud, solo del 15 de septiembre al 15 de octubre.

*Descuento directo del 15% sobre cada uno de los recibos emitidos desde la contratación y durante el primer año. Promoción no aplicable en Ibiza y Menorca.

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