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Seguro ASISA Vida Protección Hipoteca

ASISA Vida Protección Hipoteca protege a quien más quieres cuando tú no estés, garantizando el pago de tu hipoteca. La tranquilidad de saber que pase lo que pase, las personas más importantes de tu vida estarán protegidas económicamente si algún día faltas. Tranquilidad para ti y la mejor protección para los tuyos.

Tranquilidad para ti, protección para los tuyos

Un seguro de vida diseñado para garantizar tu tranquilidad. Consiste en una prestación económica para proteger a tu familia y tus seres queridos en caso de fallecimiento o incapacidad permanente con el fin de que puedan hacer frente al pago de la hipoteca. Para que pase lo que pase, cuentes con la tranquilidad de que no tendrán ningún problema económico.

Te protege en caso de fallecimiento

Sea cual sea la causa de la muerte, tu póliza aportará la protección que necesitan tus seres queridos.

Te protege en caso de incapacidad

Si por cualquier causa, sufres una incapacidad permanente, tu seguro te ofrece la protección económica que necesitas.

Te protege ante accidentes de tráfico

ASISA Vida Tranquilidad cubre tanto el fallecimiento como la incapacidad permanente por accidente de tráfico.

Qué incluye ASISA Vida Protección Hipoteca

Edad mínima y máxima

  • Edad mínima de contratación: 18 años.
  • Edad máxima de contratación: 64 años.
  • Edad máxima de permanencia: 75 años (Sólo en la cobertura de fallecimiento).
  • Edad máxima en las garantías de incapacidad: 67 años.

Prima del seguro ASISA Vida Protección Hipoteca

  • Prima mínima anual: 50 €.
  • Importe mínimo del recibo en caso de fraccionamiento: 30 €.

Sin recargos en el precio por fraccionamiento

  • Si escoges la forma de pago de fraccionamiento, no sufrirás ningún tipo de recargo adicional.

Sólo por contratar un seguro de salud con ASISA, accederás a descuentos exclusivos en productos y servicios de ocio, bienestar, alimentación y mucho más. Además, disfrutarás de condiciones especiales en servicios como:

  • Psicoterapia
  • Acupuntura y homeopatía
  • Conservación de células madre
  • Reproducción Asistida
  • Cirugía refractiva
  • Audiología
  • Estética y nutrición
  • Servicio de óptica
  • Club ASISA

Preguntas frecuentes sobre ASISA Vida Protección Hipoteca

¿Cómo contratar un seguro ASISA Protección Hipoteca?

Puedes contratar el Seguro de Vida ASISA Protección Hipoteca a través de las siguientes opciones:

  • Contratación online: La forma más rápida y cómoda de contratar nuestros seguros de vida.
  • Contratación por teléfono: Llama a nuestro teléfono comercial 900 12 34 70 para recibir asistencia personalizada y contratar tu seguro de manera rápida y eficiente.
  • Contratación de forma presencial: Visita cualquiera de nuestras delegaciones. Nuestro personal estará encantado de ayudarte a elegir el seguro que mejor se adapte a tus necesidades

Tengo 60 años, ¿aún puedo beneficiarme de las ventajas del seguro ASISA Vida Protección Hipoteca?

Sí puedes. La edad máxima de contratación son los 64 años.

¿Qué es un seguro de vida?

Es un seguro que contratas para responsabilizarte de la tranquilidad y el futuro de tu familia en caso de que fallezcas o te veas afectado por una invalidez o enfermedad grave. Cuando esto ocurre, los beneficiarios del seguro reciben una cantidad de dinero que se denomina “capital”. Esta protección financiera permitirá, a ti y a tus personas queridas conservar su calidad de vida y proseguir con vuestros proyectos.

¿Qué cubre el seguro de vida?

La garantía fundamental e imprescindible en un seguro de vida es la de «fallecimiento por cualquier causa», ya sea por enfermedad o accidente. En este caso, ASISA Vida cubre el pago del capital contratado a tus beneficiarios. Esto es lo que conocemos como el seguro básico. Para complementar el seguro básico, puedes añadir otras opcionales:  incapacidad permanente y absoluta por cualquier causa y  doble capital por fallecimiento en accidente.

Los accidentes de tráfico son una de las mayores causas de incapacidad permanente en los seres humanos. En caso de ocurrir, ¿lo cubre mi seguro?

Efectivamente, ASISA Vida Protección Hipoteca cubre tanto la incapacidad permanente como el fallecimiento por accidente de tráfico. Recuerda incluir la cobertura de incapacidad temporal al realizar la contratación.

Quiero contratar un préstamo hipotecario. ¿Mi seguro ASISA Tranquilidad asegura el pago del préstamo?

Es correcto. ASISA Vida Tranquilidad no sólo mejora tu calidad de vida y la de tu familia sino que además, puedes vinclularlo al pago del préstamo hipotecario de tu vivienda.

¿Cuánto cuesta el seguro de vida?

En función del capital que elijas, pagarás una prima más alta o más baja, aunque hay también otros factores que influyen en su coste, como la edad o el riesgo asociado a tu profesión y actividades de ocio. Si el riesgo es elevado, se aplica un recargo a la prima. El pago de la prima puede realizarse de forma anual, semestral y trimestral. En esta página web podrás contratar tu seguro de vida y calcular tu tarifa.

¿Qué ventajas ofrece ASISA?

  • Confianza. Sabes que ASISA Vida pagará el capital que hayas contratado en tu seguro de vida.
  • Compromiso. ASISA lleva más de 50 años preocupándose por la salud de sus asegurados, ahora se ocupará también de que a los tuyos no les falte nada si tú no estás.
  • Flexibilidad. Puedes contratar cualquier capital a partir de 18.000 euros.
  • Posibilidad de asegurarte aunque tus actividades profesionales o de ocio impliquen prácticas de riesgo.

 

Glosario de términos clave

  • Capital asegurado: el dinero que recibirán tus herederos en caso de fallecimiento o tú mismo, como asegurado, en caso de incapacidad permanente y absoluta. En general, es la cantidad establecida en la póliza que representa el límite máximo de la indemnización para cada una de las garantías.
  • Prima: el precio del seguro al año. Actualmente en Asisa Vida hemos eliminado el recargo por fraccionamiento en este producto.
  • Asegurador: ASISA VIDA SEGUROS SAU, Entidad emisora de la póliza que asume la cobertura de los riesgos dentro de los límites pactados.
  • Asegurado: la persona que figura en el contrato y sobre la cual se establece el seguro, de modo que su fallecimiento o invalidez origina el pago del capital contratado.
  • Beneficiario: cada una de las personas designadas por el tomador del seguro para el cobro de las indemnizaciones que correspondan derivadas de la póliza. En caso de que el beneficiario sea el banco para la cancelación del capital pendiente de una hipoteca, hay que indicar la entidad bancaria y el número de cuenta de esa hipoteca.
  • Tomador: la persona que, junto con el Asegurador, suscribe la póliza.
  • Póliza: documento que contiene las condiciones reguladoras del seguro.

 

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