Pregunta 5 de 7

¿La atención sanitaria urgente está sujeta a carencia?


No, la atención sanitaria urgente no está sujeta a carencia. De modo que puedes marcar el teléfono de ASISA URGENCIAS: 900 900 118 desde el mismo momento en que contrates tu póliza.

Otra cosa diferente es si, tras haber recibido la atención sanitaria urgente, el paciente deba someterse a algún tratamiento o quedar ingresado. En este caso, con carácter general, sí se aplicaría el periodo de carencia correspondiente, que es de 8 meses para hospitalización y 6 meses para el resto de tratamientos.

Se entiende por urgencia vital aquella de carácter médico y sanitario que, de no prestarse de forma inminente, podría poner en peligro la vida del paciente, su integridad o producir un menoscabo permanente en su salud.

En estos casos, el Asesor Médico de la Delegación de ASISA hará una valoración de cada situación concreta.



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