Pregunta 7 de 15

Soy Funcionario y quiero cambiarme a ASISA


¿Cuándo puedo hacerlo?

Puedes cambiarte a ASISA durante el periodo de Cambio Ordinario: esto es, entre el 1 y el 31 de enero de cada año.

Como novedad, si perteneces a MUFACE, también puedes cambiarte entre el 1 y el 30 de junio de cada año, ya que el Concierto 2018-2019 ha implantado un segundo periodo anual de Cambio Ordinario.

Basta con marcar la casilla CAMBIO ORDINARIO del Impreso de Solicitud de Cambio de Entidad Médica que las Mutualidades ponen a disposición de sus funcionarios, sin ningún requisito previo.

Sólo se admitirá una solicitud de cambio por cada periodo ordinario.


¿Qué tengo que hacer para cambiarme a ASISA?

Tienes que cumplimentar el Impreso de Solicitud de Cambio de Entidad Médica y presentarlo en la Oficina Provincial de tu Mutualidad, acompañado de tu Documento o Cartilla de Afiliación.

Puedes descargar aquí el impreso en formato PDF:

Consulta los requisitos específicos en la Web de tu Mutualidad:

Será la propia Mutualidad la que comunique a ASISA tu decisión de cambiar. A partir de ese momento, ASISA tramitará tu alta, te dará un número de póliza -que será el mismo que tu número de afiliación- y te enviará a tu domicilio tu tarjeta sanitaria.


¿Puedo solicitar el cambio por internet?

Sí, siempre que vengas de otra Entidad Privada puedes pedir el cambio a ASISA a través de la Web de tu Mutualidad. Para ello necesitas un certificado electrónico reconocido o un DNI electrónico.


Quiero cambiarme a ASISA en el periodo ordinario. ¿Tengo que comunicar la baja en mi anterior Entidad Sanitaria? ¿Tendré alguna carencia para pruebas, tratamientos o intervenciones quirúrgicas?

No. Si solicitas el cambio durante el periodo ordinario -esto es, entre el 1 y del 31 de enero y, si perteneces a MUFACE, también entre el 1 y el 30 de junio de cada año- tú y tus beneficiarios quedaréis adscritos a ASISA y, automáticamente, se os dará de baja en la anterior Entidad Sanitaria o en la Red Sanitaria Pública, sin que tengas que hacer ningún trámite adicional y sin que existan períodos de carencia para ningún tipo de asistencia.


Y si estoy fuera del plazo ordinario, ¿puedo cambiarme a ASISA?

Fuera de esas fechas puedes elegir ASISA:

  • Cuando cambies de destino o de residencia, siempre que implique traslado a otra provincia.
  • Cuando tu Mutualidad acuerde la apertura de un plazo especial de cambio.
  • Si vienes de otra Entidad Privada, puedes cambiar en cualquier momento si tienes la conformidad escrita tanto de ASISA como de tu Entidad actual.

¿Pueden mis hijos figurar como beneficiarios en mi cartilla y, a la vez, en la de su padre, que también es funcionario?

No, eso no es posible, ya que la protección sanitaria es única y excluyente. Tendréis que decidir en cuál de las dos cartillas queréis que figuren vuestros hijos como beneficiarios.

Si optas por la Sanidad Pública para tus hijos, puedes complementar su protección sanitaria con alguno de los productos que ASISA comercializa:

  • ASISA Próxima, de cobertura ambulatoria, si quieres rapidez y libertad de elección en consultas y medios de diagnóstico, o
  • ASISA Momento, de cobertura completa, con una prima mensual reducida y un copago algo más elevado, para que pagues sólo cuando lo necesites.


He cambiado de destino y me he mudado a otra provincia. ¿Puedo cambiarme a ASISA cuando actualice mis datos en la oficina de mi Mutualidad?

Sí. Cuando hay un cambio de destino con traslado a otra provincia, puedes cambiar de Entidad Sanitaria y elegir ASISA, para lo cual debes cumplimentar el impreso correspondiente.


Quiero cambiarme a ASISA, pero estoy fuera del plazo ordinario. ¿Puedo solicitarlo?

Sí, siempre que vengas de otra Entidad Privada. En este caso, debes tener la conformidad escrita de ASISA para darte de alta y la de tu actual entidad sanitaria, para darte de baja. Tendrás que ir a la Oficina provincial de tu Mutualidad con las 2 cartas y con el documento o cartilla de afiliación.


Soy Mutualista y acabo de tener un hijo. ¿Cómo puedo darle de alta en ASISA?

Los trámites para dar de alta o de baja a un beneficiario se hacen en la oficina provincial de tu Mutualidad. Dispones de un mes, a partir del momento en que se produzca, para comunicar por escrito cualquier variación de tus beneficiarios. Y será la Mutualidad quien lo comunique a ASISA.

Los recién nacidos están cubiertos por la póliza de su madre desde el momento del parto hasta un máximo de 15 días -en el caso de MUFACE- o de un mes -en el caso de ISFAS y MUGEJU-. Nuestra recomendación es que tramites el alta con anterioridad.



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