¿Qué se entiende por accidente?
Accidente escolar: aunque no siempre está relacionadas con la práctica deportiva, como requisito tiene que producirse un accidente dentro del centro docente.
Qué no es objeto de cobertura:
Toda aquella enfermedad común que el niño padezca o contraiga en el colegio.
- Asistencia médica exclusivamente y siempre en un único centro hospitalario concertado próximo al colegio. Solo en caso de Urgencia Vital se le dará asistencia en un centro ajeno*
- Asistencia médico-quirúrgica y farmacéutica a nivel nacional. Incluye régimen de hospitalización con un límite de 30 días al año.
- Los gastos originados por rehabilitación durante el período de doce meses desde la fecha del accidente.
- Indemnizaciones por pérdidas anatómicas o funcionales hasta un máximo 6.010,12 €.
- Indemnización por fallecimiento desde 4.000 €.
*Ver más en asistencia urgente.