Mi Área Privada

¿Cuándo reclamar?

  • Cuando ASISA deniegue alguna autorización contemplada en el concierto o cuando no conteste a la petición de una prestación
  • Cuando el mutualista considere que ASISA está obligada a asumir algún gasto o reintegrar un importe, lo solicite y se le deniegue
  • Cuando el mutualista considere que ASISA incumple cualquier obligación del concierto

¿Dónde reclamar?

1ra instancia - En la delegación de ASISA

Reclamaciones basadas en:

  • Las relaciones entre la mutualidad y ASISA con motivo del cumplimiento de los derechos y obligaciones del concierto
  • Las relaciones entre los mutualistas y ASISA con motivo del cumplimiento de los derechos y obligaciones del concierto

2da instancia - En tu Mutualidad

  • Si el mutualista no está de acuerdo con la respuesta que le ha dado ASISA, puede volver a presentar el caso ante la mutualidad, para que éste sea estudiado y valorado en comisión mixta. Se valorará el caso entre la mutualidad y ASISA, no interviene el mutualista.
  • Se valorará el caso entre la mutualidad y ASISA, no interviene el mutualista.

Recurso de Alzada

  • Cuando no se está de acuerdo con la resolución del caso, tanto ASISA como el mutualista pueden llevar a cabo un Recurso de Alzada al Ministerio correspondiente:
    • Muface y Mugeju: Administraciones públicas
    • Isfas: Ministerio de Defensa

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